“Dicho avance tecnológico tiene el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos”, se informó de manera oficial. La reglamentación se hizo efectiva a través del Decreto Nº 345/2024.

Para el Gobierno, este tipo de receta promueve la estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes. “Asimismo, la medida se inscribe en las acciones dispuestas por el Gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado, lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos”, se agregó.

Las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia deberán coordinar para que a partir del primer día de julio próximo entre en vigencia la implementación obligatoria de la receta electrónica y/o digital a lo largo de todo el país.

“Se establece un diccionario nacional de medicamentos para que las soluciones de salud digital puedan utilizarlo como base de referencia. Esto permite que las recetas sean emitidas denominando a los medicamentos por su nombre genérico, facilitando la identificación y dispensación de los mismos. Este diccionario garantiza la uniformidad y precisión en la prescripción de tratamientos”, resaltaron desde el Gobierno.

Y resaltaron: “Este sistema no solo facilitará el acceso a los medicamentos y tratamientos de manera más eficiente y segura, sino que también promoverá la calidad en todo el proceso de atención médica”. Se aclaró que las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante tres años.