La Convención Constituyente de Santa Fe aprobó este martes, tras más de siete horas de deliberaciones, la reforma del Régimen Municipal, considerada uno de los cambios más profundos de la nueva Constitución provincial.
Entre las principales modificaciones, se establece que desaparece la figura de las comunas y todas las localidades santafesinas pasarán a tener carácter de municipios autónomos. Además, las ciudades con más de 10.000 habitantes podrán redactar su propia carta orgánica, una suerte de “mini-constitución” local que definirá su organización interna, incluyendo la posibilidad de contar con viceintendente, concejales por distrito y mecanismos de participación ciudadana.
En cuanto a los cargos electivos, se fijan mandatos de cuatro años para intendentes y concejales, con una sola reelección consecutiva. La norma comenzará a regir desde 2027, lo que habilita permanencias en los cargos hasta 2035.
La reforma también redefine el esquema de financiamiento municipal. Los gobiernos locales dispondrán de recursos propios, coparticipación provincial y nacional, transferencias y créditos. En el caso de Rosario y Santa Fe, podrán endeudarse sin autorización de la provincia hasta un tope del 8,3% de su presupuesto anual; el resto de los municipios requerirá aval provincial.
La nueva Constitución incorpora además la obligación de que la provincia coparticipe fondos a los municipios, aunque los porcentajes específicos deberán definirse en una ley que tendrá que sancionarse dentro de los próximos dos años.
Otro de los puntos destacados es la creación de áreas metropolitanas como ámbitos de cooperación entre municipios, la provincia y la Nación, con posibilidad de constituir entes intermunicipales para la gestión conjunta. Asimismo, se establece la necesidad de una planificación territorial coordinada entre provincia y municipios para el desarrollo urbano, periurbano y rural, con criterios de equidad, sostenibilidad y preservación ambiental.
La reforma también incorpora el reconocimiento del derecho a la ciudad, garantizando el acceso equitativo a un hábitat digno, movilidad segura y sustentable, integración socio-urbana y políticas de desarrollo específicas para localidades pequeñas e intermedias.
Finalmente, se fija el principio de competencias con recursos, que establece que cualquier nueva responsabilidad que se transfiera a los municipios deberá ir acompañada de la correspondiente asignación presupuestaria.
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Editorial SEP. 02 2025