El intendente Leonardo Raimundo promulgó una ordenanza que eleva las penas por actos de crueldad a los animales. La nueva norma, modificatoria del artículo 96º de la ordenanza Nº 3758, establece multas de 100 unidades fijas (UF) como mínimo y 800 como máximo, así como la clausura de 30 días en caso de locales comerciales y/o el comiso de los artículos para cometer la falta.
La anterior disponía 45 UF como mínimo y 400 como máximo. Vale recordar que una Unidad Fija es equivalente al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.
Se considera maltrato animal a los comportamientos u omisiones que causan un dolor innecesario a un animal; desde la negligencia en los cuidados básicos hasta la tortura, mutilación o la muerte intencionada.