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Caso Carolina Díaz: la Corte anuló la absolución de Grandi y habrá un nuevo juicio
Tras haber sido condenado a prisión perpetua por el femicidio, Luis Grandi fue absuelto en segunda instancia y recuperó la libertad en 2025.
Editorial | 2/9/2026
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Rosario que había absuelto a Luis Alberto Grandi y ordenó realizar un nuevo juicio ante otro tribunal.
Carolina tenía 31 años y tres hijos cuando, en febrero de 2021, sufrió graves quemaduras en más del 70% de su cuerpo durante un episodio ocurrido en una vivienda de San Lorenzo. Permaneció 31 días internada y murió el 22 de marzo de ese año. Grandi, su pareja, fue detenido e imputado por el hecho y permaneció privado de su libertad mientras avanzaba la investigación.
De la prisión preventiva a la perpetua
Tras varios años de investigación, la causa llegó a juicio oral en 2024. Allí se incorporaron testimonios, pericias médicas, estudios realizados en el lugar del hecho y una reconstrucción de lo ocurrido.
El 7 de octubre de 2024, un tribunal de primera instancia condenó a Grandi a prisión perpetua por el homicidio calificado de Carolina. Además, recibió una pena de tres años por abuso sexual agravado.
La defensa apeló el fallo y el expediente pasó a la Cámara de Apelaciones de Rosario.
La absolución y la libertad
En octubre de 2025, la Cámara revisó la condena y, por mayoría, decidió absolver a Grandi por el homicidio de Carolina al considerar que existían dudas que impedían sostener su responsabilidad penal. Uno de los jueces votó en disidencia y sostuvo que correspondía mantener la condena.
La Cámara sí mantuvo la condena de tres años por abuso sexual. Como Grandi ya había cumplido ese período detenido, recuperó la libertad.
La Fiscalía y la querella recurrieron entonces ante la Corte Suprema de Santa Fe mediante un recurso de inconstitucionalidad, cuestionando la decisión de la Cámara y la valoración de la prueba.
La Corte anuló la absolución
Finalmente, la Corte Suprema de Santa Fe hizo lugar al planteo y anuló la sentencia absolutoria. El máximo tribunal provincial ordenó que un nuevo tribunal realice otro juicio, por lo que la causa deberá atravesar nuevamente una instancia oral y pública.
En diálogo exclusivo con Medios RED, el abogado querellante Gabriel Filippini explicó que el proceso deberá comenzar nuevamente: “Debemos volver a someternos a un juicio oral y público y volver a producir la totalidad de la prueba, que es muchísima”.
El abogado mencionó entre los elementos que deberán volver a analizarse las pericias realizadas en el lugar, los testimonios de enfermeros, las reconstrucciones y las pericias médicas vinculadas con la autopsia. “Nos queda un camino complejo y largo”, señaló.
La reconstrucción, uno de los puntos de discusión
Filippini también se refirió a uno de los aspectos que cuestiona la defensa de Grandi: que la reconstrucción del hecho no se realizó en la vivienda donde ocurrió el incendio.
“Ese es el punto que focaliza la defensa de Grandi: dice que no se realizaron las pericias en el mismo lugar del hecho”, explicó.
Según el querellante, la reconstrucción se realizó a cielo abierto por decisión de Bomberos debido a que se iba a trabajar con fuego. En ese procedimiento se utilizó una palangana y un maniquí para recrear la escena. “Las lesiones que sufrió el maniquí que usamos son idénticas a las que tenía Carolina”, sostuvo Filippini.
El abogado también remarcó las distintas versiones que, según señaló, Grandi habría dado durante la investigación y mencionó otro elemento que considera relevante: “Dio un montón de versiones, diferentes. Pero él tenía quemaduras en sus manos”.
Con la decisión de la Corte, la absolución que había dejado libre a Grandi quedó anulada y la condena a perpetua tampoco recupera vigencia automáticamente. Ahora deberá realizarse un nuevo juicio, en el que otro tribunal tendrá que volver a analizar la prueba y determinar la responsabilidad de Grandi por la muerte de Carolina Díaz.