Dentro del esquema oficial se establecieron tres días no laborables con fines turísticos: el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre, que se sumarán a los feriados nacionales para conformar fines de semana largos.

Estas jornadas complementan los feriados previstos en la Ley 27.399, que regula los días festivos nacionales. En el sector privado, la aplicación de los días no laborables quedará sujeta a la decisión de cada empleador.

Con este calendario, el Ejecutivo busca impulsar el turismo interno y fortalecer la actividad económica, especialmente en sectores vinculados a la hotelería, la gastronomía y el transporte.

Feriados y días no laborables 2026

Enero

• Jueves 1: Año Nuevo

Febrero

• Lunes 16 y martes 17: Carnaval

Marzo

• Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos

• Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

Abril

• Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

• Viernes 3: Viernes Santo

Mayo

• Viernes 1: Día del Trabajador

• Lunes 25: Revolución de Mayo

Junio

• Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (trasladado)

• Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano

Julio

• Jueves 9: Día de la Independencia

• Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos

Agosto

• Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín

Octubre

• Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural

Noviembre

• Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado)

Diciembre

• Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos

• Martes 8: Inmaculada Concepción de María

• Viernes 25: Navidad