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SAN LORENZO: Ordenan retener sueldo a un tío para pagar la cuota alimentaria de su sobrina
El Juzgado de Familia dispuso una medida cautelar para garantizar el sustento de una niña de entre 6 y 12 años.
| 9/9/2025
El Juzgado de Primera Instancia de Familia de San Lorenzo dictó por medio del juez Marcelo Escola, una resolución que establece la retención mensual de parte del sueldo de un hombre para cubrir alimentos provisorios destinados a su sobrina, ante la falta de ingresos del progenitor. La medida fue solicitada por la madre de la niña y considerada procedente por el magistrado, quien ordenó la retención directa sobre los haberes del demandado. El aporte deberá ser equivalente al 125% del valor de la Canasta de Crianza publicada por el INDEC para el grupo etario de 6 a 12 años, con actualización automática conforme a las variaciones del índice.
La obligación alimentaria también comprende el 30% del Sueldo Anual Complementario y de eventuales indemnizaciones, la asignación familiar correspondiente, la cobertura de obra social y el 50% de los gastos extraordinarios que pudieran surgir. El juez dispuso que el empleador del demandado efectúe las retenciones en cada liquidación de haberes y las deposite en la cuenta judicial habilitada. En caso de que el hombre trabaje sin registro o como autónomo, será él mismo quien deba realizar los depósitos.
La resolución prevé además que, si el demandado percibe haberes previsionales a través de ANSES, solo podrá retenerse el 30% de esos ingresos y del aguinaldo. La medida cautelar regirá hasta que el tribunal disponga lo contrario.