La segunda vuelta electoral o balotaje programado para el próximo domingo 19 de noviembre en Argentina, que enfrenta a los candidatos presidenciales Sergio Massa, de Unión por la Patria, y Javier Milei, de La Libertad Avanza, ha elevado la polarización de la elección. Sin embargo, los votantes también tienen la opción de emitir un voto en blanco o anular su voto, con efectos similares en esta instancia, a diferencia de las elecciones primarias. ¿Por qué ocurre esto?

El impacto del voto en blanco en una elección depende de la etapa del proceso electoral en la que se emite. En las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), los votos en blanco se contabilizan para el porcentaje final de cada candidato, ya que en esta fase, los candidatos debían superar el 1,5% de los votos afirmativos para poder avanzar a las elecciones generales.

Sin embargo, en las elecciones generales y en un balotaje, el voto en blanco se maneja de manera diferente. Según los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, solo se cuentan los votos afirmativos válidamente emitidos para declarar ganadora a una fórmula presidencial. Esto significa que en estas etapas, el voto en blanco no beneficia a ningún candidato, ya que no se contabiliza como un voto afirmativo.

El Código Electoral Nacional, en su artículo 149, establece que la fórmula que obtenga más del cuarenta y cinco por ciento (45%) de los votos afirmativos válidamente emitidos resultará electa. Por lo tanto, el voto en blanco no se incluye en ese porcentaje.

Votos nulos, impugnados y recurridos 

Es importante destacar que, además de los votos en blanco, existen otros tipos de votos que no se consideran "válidos" en una elección. Los votos nulos, por ejemplo, ocurren cuando se utilizan boletas no oficializadas o cuando se insertan objetos extraños junto a la boleta oficial, entre otros casos. Los votos impugnados son aquellos en los que las autoridades de mesa consideran que el votante no es el titular del DNI presentado, y su validez debe ser determinada por la Justicia electoral. Por otro lado, los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por fiscales partidarios, y su inclusión o exclusión se determina en el escrutinio definitivo por la Justicia electoral.