El Gobierno ha implementado una serie de cambios significativos en relación con la documentación necesaria para la conducción de vehículos en el país. Específicamente, ha eliminado la validez de la cédula azul, la cual facultaba a individuos a conducir vehículos que no eran de su propiedad. Asimismo, ha dispuesto que la cédula verde, documento que acredita la titularidad del automóvil, ya no tenga fecha de vencimiento.
Esta decisión, contenida en la disposición 29/2024, busca modernizar y simplificar los trámites relacionados con la conducción de vehículos, al tiempo que fortalece la seguridad vial y la transparencia en la titularidad de los mismos.
Es importante destacar que las cédulas verdes emitidas anteriormente y que posean una fecha de vencimiento impresa en su formato físico, así como las cédulas azules previamente otorgadas, seguirán siendo válidas hasta que sean revocadas por el solicitante.
En cuanto a la autorización de terceros para conducir un vehículo, la disposición detalla un procedimiento claro y preciso. Según el artículo 5, el propietario del vehículo puede autorizar a otra persona para que lo conduzca mediante un proceso digital.
Para llevar a cabo esta autorización, el titular registral debe seguir los siguientes pasos:
*Ingresar al Sistema Integral de Trámites Electrónicos.
*Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) utilizando su clave fiscal.
*Seleccionar el dominio del vehículo sobre el cual se es titular.
*Identificar al tercero mediante su nombre y apellido, así como su CUIT, CUIL o CDI.
Una vez completado este proceso, la persona autorizada podrá visualizar la cédula verde del vehículo en cuestión en el apartado "Mis vehículos" de la aplicación correspondiente. En caso de necesitar revocar esta autorización, se seguirá el mismo procedimiento.