El Concejo Municipal de Rosario finalmente aprobó este jueves la nueva ordenanza anti-lavado. Tras meses de debate interno y varios borradores, los bloques se pusieron de acuerdo y votaron un proyecto que plantea la creación de un sistema de control económico-financiero para la prevención del blanqueo de dinero.

Este sistema estará conformado por un mecanismo de información, con protocolo de actuación para operaciones sospechosas y la creación de una agencia contra estas maniobras, con colaboración judicial.

La normativa que crea el Sistema de Control Económico Financiero se aprobó por unanimidad en general pero para algunos artículos en particular hubo aprobación por mayoría reglamentaria; es decir, con votos en contra de algunos ediles peronistas.

En las reuniones previas a la sesión de este jueves, el acuerdo entre el oficialismo, Ciudad Futura y Juntos por el Cambio fue derogar la actual ordenanza sobre lavado y aprobar un nuevo texto consensuado entre los distintos bloques.

Los procedimientos y trámites administrativos en donde se pondrá la lupa abarcarán permisos de habilitación, transferencias, cambio y anexo de rubro; venta y alquiler de vehículos, motos y embarcaciones; armerías, casas de juegos, apuestas o casinos; rubros comprendidos en la ordenanza de nocturnidad; hoteles, hostels y alojamientos transitorios para turistas; playas de estacionamiento y cocheras; guarderías náuticas; restaurantes y bares; organismos financieros; agencias de viajes y turismo; concesiones públicas de obras y servicios; construcciones o ampliaciones de más de mil metros cuadrados; convenios urbanísticos; y adquisición o transferencia de más de dos licencias de taxis o remises.


Protocolo
La nueva normativa crea un protocolo de actuación para la detección y prevención de operaciones sospechosas de lavado. Se disparará una alerta sospechosa a toda simulación del origen de activos, y dudas respecto a la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada. Las alertas también se podrán activar ante transferencias sucesivas de habilitaciones municipales, licencias, bienes registrables, participaciones societarias y la posición de administración fiduciaria.

También ante cualquier hecho económico que no guarde debida relación con las actividades declaradas y realizadas por las personas humanas y jurídicas correspondientes. El procedimiento será válido para inversiones de elevado monto que no justifiquen los montos involucrados. Será menester del Ejecutivo hacer un instructivo.

Agencia
En cuanto a la agencia contra el lavado de activos, será la autoridad de aplicación del Sistema de Control Económico Financiero para la prevención de origen delictivo. Estará facultada para procesar las alertas sospechosas, y tendrá potestad de enviar documentación a la Unidad de Información Financiera (UIF), el Ministerio Público de la Acusación (MPA) o el organismo de control pertinente en la materia.

Podrá intercambiar información con la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), UIF, Banco Central de la República Argentina (BCRA), Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (API), Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) y otros municipios; y a cualquier organismo público, personas jurídicas de derecho privado y personas humanas.

La agencia dependerá orgánica y funcionalmente del intendente y estará a cargo de un jefe que deberá contar con antecedentes técnicos y profesionales en la materia.

Atribución del Ejecutivo
La designación será efectuada por el Ejecutivo previo acuerdo del Concejo. Cumplirá funciones mientras dure el mandato del jefe comunal. Deberán guardar confidencialidad de la información y podrá ser removido por el intendente ante un caso de mal desempeño.