En la Sesión Ordinaria, celebrada este jueves en el recinto de la Cámara de Senadores, se dio media sanción al Mensaje N° 5115, que establece la declaración de emergencia previsional y la reforma del sistema jubilatorio de los empleados y funcionarios públicos de la Provincia. La sesión fue presidida por la vicegobernadora Gisela Scaglia.


El proyecto fue aprobado con el apoyo de los senadores de los bloques Unidos y Unite, mientras que los integrantes del bloque Justicialista votaron en contra. Tras esta aprobación, el proyecto será remitido a la Cámara de Diputados para su tratamiento.


El dictamen final del proyecto, que llegó al recinto del Senado luego de su análisis en diversas comisiones -Legislación de Trabajo, Presupuesto y Hacienda, Asuntos Constitucionales y Legislación General-, incluyó modificaciones de último momento. Una de las más destacadas fue la reducción del plazo de la emergencia previsional. Originalmente, el Ejecutivo había propuesto una duración de dos años, con la posibilidad de extenderlo por otros dos años. Sin embargo, el dictamen redujo esta prórroga a solo un año.


Otra modificación significativa fue en el aporte solidario que deberán abonar los jubilados a la Caja de Jubilaciones durante el periodo de emergencia previsional. Inicialmente, el Ejecutivo propuso un aporte del 2% para aquellos beneficios superiores a dos jubilaciones mínimas hasta cinco jubilaciones mínimas. No obstante, las comisiones elevaron el piso de este escalafón a tres jubilaciones mínimas, lo que implica que solo deberán hacer el aporte aquellos que perciban más de $1.134.000, según los valores actuales.


Finalmente, la cuestión de la edad jubilatoria también sufrió modificaciones. Originalmente, el proyecto otorgaba al gobernador la potestad de aumentar la edad mínima jubilatoria en caso de que el gobierno nacional hiciera lo mismo, respetando los límites establecidos a nivel nacional. Sin embargo, esta facultad fue limitada: el gobernador solo podrá ejercerla durante el periodo de emergencia previsional y siempre respetando principios de progresividad y regímenes especiales vigentes.


En cuanto a los regímenes especiales, también hubo cambios en el régimen docente. El proyecto original permitía a los docentes de nivel inicial, primario y secundario jubilarse a los 57 años, siempre que hubieran cumplido 30 años de servicio frente al aula. Tras el debate en comisión, se incluyó también a los docentes de terciarios no universitarios, bajo la condición de haber cumplido con 30 horas cátedra constante en los diez años inmediatamente anteriores.