El gobierno de la provincia, a través del Ministerio de Seguridad, lanzó una convocatoria para el ingreso de 100 nuevos suboficiales que formarán parte de la Dirección General de Bomberos Zapadores, de la Policía de Santa Fe. Es requisito principal que los postulantes tengan entre 18 y 31 años y que residan en los Departamentos La Capital, Rosario, Castellanos, San Lorenzo y Vera.
Al respecto, el ministro de Seguridad Jorge Lagna remarcó que “desde el año 2015 que no ingresa un solo bombero a la provincia de Santa Fe, esto hizo que el 40% del plantel de Bomberos Zapadores desapareciera por antigüedad o retiros del personal. Ayer, firme la resolución para el concurso de ingreso de 100 nuevos bomberos para suplir ese 40%”.
Ingresarán 100 aspirantes y serán distribuidas de la siguiente manera: 30 en el departamento La Capital, 40 en Rosario, 15 en Castellano, 10 en San Lorenzo y 5 en Vera.
En esta oportunidad, la convocatoria será para postulantes de 18 a 31 años que residan en dichos departamentos. Aquellos interesados, una vez inscriptos, y que cumplimenten con los requisitos, deberán transitar un proceso de selección que se publicará en la página web del Instituto de Seguridad Pública. Luego, se los habilitará a la realización de un curso específico a dictarse en el Instituto de Seguridad Pública.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN:
A. Ser argentino, nativo o por opción.
B. Tener entre 18 y 31 años de edad a la fecha de inscripción.
C. Poseer título secundario o polimodal completo (excluyente sin adeudar materias a la fecha de la incorporación) el mismo deberá estar registrado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe.
D. Ser residente en los departamentos de La Capital, Rosario, Castellanos, San Lorenzo y Vera. (Excluyente).
E. Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón Técnico - Subescalafón Bombero de la Policía de la Provincia de Santa Fe.
F. No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.
G No encontrarse procesado por la justicia nacional o provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecte su buen nombre y honor.
H. No ser empleado de la administración pública nacional, provincial, municipal y/o comunal.
I. No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de la administración pública nacional, provincial, municipal y/o comunal.
J. Presentar la documentación necesaria en forma y plazo que se establezca.